Autoriza a conducir:
- Ciclomotores
- Motocicletas autorizadas en el permiso A1, siempre que se tenga una antigüedad superior a 3 años.
- Vehículos para personas de movilidad reducida.
- Triciclos de motor. No se pueden conducir los que exceden de 15 kW hasta los 21 años.
- Cuatriciclos de motor.
- Automóviles que no sobrepasen los 3.500 kg de MMA que no puedan transportar más de 9 personas incluido el conductor. Pueden arrastrar un remolque o semiremolque:
- que no supere los 750 kg de MMA sin ninguna limitación.
- que supere los 750 kg si el conjunto no supera los 3.500 kg de MMA.
- de más de 750 kg, si el conjunto supera los 3.500 kg y no sobrepasa los 4.250 kg. En este caso, es necesario superar una prueba de control de aptitudes y comportamientos o una formación (autorización B-96).
- Vehículos especiales no agrícolas y sus conjuntos cuya velocidad máxima autorizada no sea superior a 40 km/h y su MMA no sea superior a 3.500 kg. El número de personas transportadas no será superior a 9, incluido el conductor.
- Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos, incluidos los que se pueden conducir con la licencia I.V.A.
La edad mínima para la obtención de este carnet es de 18 años.